Cotización a FLC

El vigente Convenio Colectivo de Trabajo para la Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias (CCPA) establece, en el capítulo X, art. 46.1: “Las empresas del sector están obligadas a nutrir de fondos a la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias (flc), con el fin de que esta entidad pueda prestar servicios de interés general, así como asistenciales a los trabajadores, conforme se establece en el artículo 1 de sus Estatutos.”

Oficina virtual

Gestión de la liquidación y pago domiciliado de aportaciones a flc.

Empresas incluidas

Todas las que realicen su actividad en el territorio del Principado de Asturias, desarrollando cualquiera de las actividades sujetas al Convenio General del Sector de la Construcción

Inscripción de empresas ante flc

En un plazo máximo de cinco días naturales después de inscribirse en el Régimen General de la Seguridad Social, las empresas deben enviar a flc la fotocopia del modelo TA6 o TA7, debidamente diligenciada por la Tesorería General de la Seguridad Social. Las comunidades de bienes comunicarán, además, los datos identificativos de los comuneros que las integran. Además, las empresas están obligadas a notificar a flc las situaciones siguientes:

  • Cambio de nombre, denominación o forma jurídica.
  • Cambio de domicilio.
  • Cambio de código de actividad económica.
  • Extinción, disolución, cese temporal o definitivo de la actividad.
  • En general, cualquier incidencia o variación que afecte a los datos necesarios de la inscripción.
  • Identidad de las empresas subcontratadas.

Afiliación de los trabajadores

Los empresarios están obligados a comunicar a flc las altas y bajas de los trabajadores que ingresan a su servicio y, en su caso, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos iniciales.

Responsabilidad en los supuestos de subcontratación

Los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellos, responderán solidariamente y durante el transcurso de un año de las obligaciones de aportaciones económicas del CCPA, contraídas por los contratistas y subcontratistas con sus trabajadores, durante el periodo de la subcontrata.

Supuestos Especiales

  1. Despido improcedente
  2. Contratos a tiempo parcial
  3. Regulaciones de empleo
  4. Pluriempleo
  5. Situación de Incapacidad Transitoria
  6. Contratos de formación
  7. Trabajadores socios. Administradores. Personal de alta dirección.
  8. Otros

documentación